Seguro de Auto Obligatorio Mercosur del Banco Falabella

El Banco Falabella es uno de los bancos más importantes de Chile, el mismo cuenta con una extensa red de sucursales distribuidas a lo largo de todo el país, a través de las cuales se puede acceder a una amplia variedad de productos y servicios financieros entre los cuales podemos enumerar los seguros, los créditos al consumo, y los fondos mutuos, entre otros.
En esta oportunidad vamos a enumerar algunos de los principales beneficios que ofrece el Seguro de Auto Obligatorio Mercosur que ofrece el banco, los mismos son:
Responsabilidad civil por daños materiales o personales a terceros no transportados por el vehículo asegurado luego de un accidente causado por: el automóvil asegurado que corresponda necesariamente a un vehículo particular o arrendado con patente Chilena u objetos o carga trasportados por el vehículo o remolque previamente notificado a la hora de contratar el seguro. Este remolque debe estar autorizado y acoplado al vehículo asegurado.
Gastos médicos y/o daños personales por lesiones o muerte con un límite de hasta 40.000 Dólares por persona y con un límite máximo de 200.000 Dólares por evento. Gastos por daños materiales de hasta US$20.000 por persona y con un límite máximo de 40.000 Dólares por evento.
Los honorarios de los abogados y los gastos incluidos en la defensa no entran dentro de los límites establecidos en los montos máximos de cobertura. Estos gastos legales están limitados en hasta un 50% del valor total de la indemnización.

Exclusiones.

Entre las principales exclusiones de este seguro podemos enumerar las siguientes:
Dolo o culpa grave del asegurado.
Radiaciones ionizadas o cualquier otro tipo de falla producida por emanaciones de materiales de fusión o sus residuos.
Robo, hurto o uso no autorizado.
Intento del asegurado, propietario o conductor de obtener beneficios ilícitos del seguro.
Actos de hostilidad o de guerra, rebelión, insurrección, revolución o cualquier otro acto de esta naturaleza.
Multas y/o Fianzas.
Gastos y honorarios legales por consecuencia de hechos criminales.
Daños causados al asegurado y sus familiares.
Utilización del vehículo para fines no permitidos.
Daños a obras públicas (carreteras, puentes, viaductos u otros).
Comprobación de la obstaculización de los derechos de la compañía aseguradora por parte del asegurado.
Daños o bienes de terceros en poder del asegurado.
Accidentes ocurridos por exceso de volumen, peso o carga que no respeten el límite legal.
Daños ocasionados como consecuencia de carreras o cualquier competición ilícita.
Conducción del vehículo sin documentación legal*.
Conducción del vehículo en estado de ebriedad o drogas. Además, el seguro no cobre en el caso que el conductor se niegue a la realización de la alcoholemia por parte de la autoridad.

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