Cooperativas de Ahorro y credito

Las cooperativas de ahorro y crédito son sociedades cooperativas cuyo objeto social es servir las necesidades financieras de sus socios y de terceros mediante el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito.

El total de cooperativas vigentes en el Departamento de Cooperativas del Ministerio de Economía, al 1 de Marzo del 2014 es de 4.991, las que cuentan con más de un millón de asociados. De ellas, 2.404 se encuentran vigentes y 667 están en la Región Metropolitana.

La actual legislación no contempla una clasificación de las cooperativas, por lo que es posible que puedan combinar fines de diversas clases.

La única diferencia son las que tienen un objeto único, como las cooperativas de vivienda abiertas, las de ahorro y crédito y cualquier otra que establezca la ley.

En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito y las abiertas de vivienda, en forma previa a su constitución, deben someter a la aprobación del Departamento de Cooperativas un estudio socioeconómico sobre las condiciones, posibilidades financieras y planes de trabajo que se proponen desarrollar.

Ademas las cooperativas deben inscribir su constitución en el Registro de Cooperativas que lleva el Departamento de Cooperativas; dicho organismo podrá objetar el contenido del acta de constitución o sus extractos, si infringen normas legales o reglamentarias.

Según la Ley General de Cooperativas, las cooperativas que se organicen con arreglo a la misma gozarán de personalidad jurídica.

A partir de la entrada en vigencia de la Ley 19.832, del 2002, las cooperativas, incluyendo las campesinas, se constituyen de manera similar a las sociedades anónimas, esto es deben reducir a escritura pública el acta de la Junta General Constitutiva, deben inscribir el extracto de la misma en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente a su domicilio social, y publicarlo en el Diario Oficial.

Bancos cooperativas de ahorro y crédito

Una de las diferencias es que los accionistas de un banco tienen variadas restricciones para obtener créditos de su propio banco. Mientras que en el caso de una cooperativa de este tipo, basta cumplir con hacerse socio cumpliendo los requisitos contemplados en sus estatutos y a partir de entonces, son los únicos que pueden obtener créditos en las condiciones que dicha institución pueda ofrecer.

Pero la diferencia más importante se refiere a quién es el dueño de cada una de estas instituciones y de qué manera se favorece de esta situación.

Los propietarios del banco son sus accionistas  y para la toma de decisiones más importantes de la administración, su derecho a voto está directamente relacionado con el número de acciones que tengan: a más acciones, más votos.

En cambio, en las Cooperativas de Ahorro y Crédito los propietarios son sus miembros o socios y en este caso, cada persona equivale a un voto, sin importar las cuotas de participación o el capital que posea de la cooperativa. Como socios, tienen el derecho a participar de los resultados que obtenga la cooperativa al cabo de cada ejercicio anual.

 

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